Mostrando entradas con la etiqueta Albalá. Mostrar todas las entradas
Mostrando entradas con la etiqueta Albalá. Mostrar todas las entradas

miércoles, 9 de noviembre de 2016

Grave crisis demográfica en la Comarca de Montánchez: los jóvenes se marchan, los jubilados vuelven

En la Comarca de Montánchez hay un total de 2.188 personas en situación de desempleo, según datos del Observatorio de Empleo de Extremadura. Esta cifra es la suma de los demandantes de trabajo en el conjunto de los 22 pueblos que constituyen la Comarca y se refiere a datos de julio de 2014.

El dato, muy elevado para una comarca que no supera los 20.000 habitantes en total y donde la población no activa mayor de 65 años es elevadísima, es demoledor. Muy negativo para los menores de 25 años y para las mujeres de cualquier franja de edad. Este dato muestra la gran dificultad que tiene el medio rural para crear empleos y asentar a la población, sobre todo, a los más jóvenes.

Gráfico de elaboración propia. Fuente: INE. 

“La tasa de dependencia en la comarca de Montánchez era del 68% en 2006”


Nuestro sistema productivo, basado fundamentalmente en el sector agroganadero y en unos servicios con un marcado carácter temporal, no consigue reconvertirse en un sistema económico más industrializado y desarrollado. Tampoco parece que el turismo se asiente como elemento generador de trabajo. Muchos de nuestros jóvenes salen de su pueblo para estudiar y ya no regresan, salvo para veranear. Quiénes aquí se quedan tienen pocas alternativas de conseguir un trabajo más allá de los sectores preponderantes, quién sabe si ya agotados.

Según el ‘V Plan de Juventud de Extremadura’ para el período de 2013 a 2016 y editado por el Gobierno de Extremadura, la tendencia es clara e indica que la juventud se va cada vez más a las ciudades. Así, mientras que solo el 8% de los menores de 14 años que forman parte de este estudio vive en las poblaciones extremeñas de más de 10.000 habitantes, el porcentaje se dispara conforme se aumenta de edad. Más del 50% de los jóvenes con edades comprendidas entre los 14 y 28 años vive en esta clase de poblaciones. Las cifras aumentan hasta el 64% para personas entre los 29 y los 34 años y llega al 79% en el caso de los mayores de 34 años.

“Según este estudio, el 70% de los jóvenes extremeños no tiene ingresos propios y solo el 9% declara estar completamente emancipado”


Y, ¿por qué ocurre esto?, ¿cómo podemos garantizar la sostenibilidad y el desarrollo de un territorio sin jóvenes?, ¿por qué los entornos rurales están abocados al éxodo de sus jóvenes y al retorno de los nuevos jubilados que emigraron en décadas anteriores?

“Es una juventud muy formada, la mejor formada en la historia de Extremadura. Es una juventud nativa digital, creativa y solidaria”, sostiene el citado plan de juventud. “Se plantea que hoy en día tener un título universitario no garantiza el acceso al trabajo, al menos dentro del territorio”, prosigue este informe realizado por el Gobierno extremeño.

Y si ahondamos en el informe, los datos continúan siendo demoledores: más del 72% de los jóvenes que formaron parte de este estudio se muestra preocupado por el desempleo, los recortes o la desaparición de las becas para el estudio. El 50% valora la situación económica futura como mala o muy mala, mientras que solo el 24% la valora como buena o muy buena.

“En la comarca hay seis municipios en riesgo de despoblación: Montánchez, Plasenzuela, Salvatierra de Santiago, Torremocha, Torrequemada y Zarza de Montánchez”


Tabla con la población de algunos de los municipios de la Comarca en diferentes años. 

En el segundo trimestre de 2014 la tasa de paro en Extremadura era del 29,43% según la EPA (Encuesta de Población Activa). En el municipio de Alcuéscar en julio de este año había 341 personas inscritas como demandantes en el Servicio Extremeño de Empleo, en Almoharín 167, en Montánchez 212, en Sierra de Fuentes 324, en Torreorgaz 242, en Valdefuentes 128.

El Estudio ‘Comarca de Montánchez y Tamuja. El turismo rural extremeño’ realizado en 2006 arroja detalles que apuntan hacia la idea planteada en el titular: “es la regresión demográfica la tendencia que caracteriza el conjunto de la población comarcal en los últimos 40 años. Con este contexto, la valoración de la situación actual no es nada buena, hablamos de una población escasa, muy envejecida y poco dinámica, producto de las constantes pérdidas demográficas por emigración y la falta de nacimientos”.

“Según datos proyectados del INE, Extremadura perderá población progresivamente hasta 2022, año en el que contará con 1.064.213 habitantes”


¿Qué se puede hacer para evitar esta situación e intentar que no se agrave?, ¿están trabajando nuestros gobernantes en la buena dirección?, ¿cómo será la realidad comarcal en 20 años?

Una cosa parece clara: “los chavales de ahora no saben si pueden vivir de lo que han hecho sus padres, si van a poder vivir donde han vivido sus padres y miran con bastante desconfianza el futuro, porque ninguna de las alternativas que ven les ofrecen garantías. Lo que les queda es confiar en el azar, en la suerte”, sentencia el V Plan de Juventud de Extremadura.




viernes, 17 de junio de 2016

Una historia de la Dehesa boyal de Albalá

Desde finales del siglo XVIII y hasta el primer cuarto del siglo XX se producen en España las desamortizaciones, un fenómeno que consistió en que el Estado expropiaba a la iglesia y órdenes religiosas las tierras que poseían y que rara vez trabajaban. Con estos procesos se pretendía mejorar la productividad del campo español. Sin embargo, tras las desamortizaciones no se produjo una democratización o distribución de la propiedad de la tierra. Muy al contrario, en la mayoría de las ocasiones las tierras expropiadas a la iglesia fueron subastadas y pasaron a manos de la aristocracia o burguesía.

Lo mismo ocurrió con los terrenos comunales o dehesas boyales de muchísimos municipios. En estos casos, los ayuntamientos subastaban unas fincas pertenecientes a todos los vecinos para conseguir liquidez. Estas tierras pasaron a estar en posesión de muy pocas manos. Aquí el ejemplo de lo ocurrido con la Dehesa boyal de Albalá.



‘La Nación’ (30/12/1871)

“Presidencia del Consejo de Ministros. Decreto”:

<<En el espediente y autor de competencia suscitada entre el gobernador de la provincia de Cáceres y el juez de primera instancia de Montánchez, de los cuales resulta:

Que en 12 de julio Último D. Juan Borreguero Sánchez presentó en aquel juzgado un interdicto de recobrar, fundándose en que el año de 1860 compró al Estado el terreno denominado “Dehesa boyal de Albalá”, y habiéndose dividido la finca en 1864 entre varios á quienes dio participación en la compra, correspondió á Borreguero la parte del terreno que comprendía la charca conocida con la denominación del Cotillo, y en que había estado en posesión desde aquella fecha del terreno y charca mencionados hasta el día 8 de julio último, en que Domingo Bonilla, Pedro y Domingo Caballero le perturbaron en la misma, entrando su ganado vacuno á abrevar en la charca de que se trata:

'La Nación. Diario Progresista'. (3o de diciembre de 1871)

Que el juzgado, en vista de la escritura de compra presentada por Borreguero y de la información testifical practicada á instancia del mismo, acordó en 23 de agosto siguiente la restitución solicitada:

Que cuando se trató de llevar á efecto la sentencia, el gobernador de la provincia de Cáceres requirió la inhibición al juzgado, fundándose en que en 28 de noviembre de 1869 el ayuntamiento de Albalá declaró de aprovechamiento común las aguas de la charca del Cotillo, y en que contra esta providencia no debió admitirse el interdicto, según dispone el art. 57 de la ley municipal vigente:

Que al sustanciarse el incidente de competencia, la parte actora presentó dos certificaciones justificantes de que la dirección general de Propiedades y derechos del Estado había remitido á los tribunales ordinarios al actor y al ayuntamiento de Albalá á consecuencia de haber solicitado el primero que se dejase sin efecto la providencia de 28 de noviembre de 1869, y haber pedido la mencionada municipalidad que se deslindase el terreno denominado “Dehesa boyal”:

Que en su vista el juzgado se declaró competente para continuar entendiendo del asunto, en atención á que la administración solo puede conocer de esta clase de cuestiones cuando el comprador no haya sido puesto en quita y pacífica posesión de la finca enajenada por el Estado:

Que el gobernador, en conformidad con el dictamen de la comisión provincial, insistió en su requerimiento, resultando el presente conflicto:

Visto el art. 57 de la ley municipal vigente de 21 de octubre de 1868, según el cual no pueden los juzgados y tribunales admitir los interdictos de retener y de recobrar y de obras nueva y vieja interpuestos contra las providencias administrativas de los ayuntamientos y alcaldes, dictadas dentro del círculo de sus atribuciones:

Considerando que D. Juan Borreguero estaba en quieta y pacífica posesión de los terrenos “Charca del Cotillo” hacía cinco años cuando el ayuntamiento de Albalá declaró tales fincas de aprovechamiento común:

'El Proceso Agrícola y Pecuario' (07/01/1930)
Considerando que los ayuntamientos no tienen la facultad de privar á un particular de la legítima posesión de sus bienes y derechos sino después de haberle vencido en el juicio que proceda:

Considerando, por lo tanto, que por no haber obrado el ayuntamiento de Albalá en el caso en cuestión dentro del círculo de sus atribuciones no es aplicable el art. 57 de la ley municipal vigente;

Conformándome con lo consultado por el Consejo de Estado en pleno,

Vengo en decidir esta competencia á favor de la autoridad judicial.


Dado en palacio á veintisiete de diciembre de mil ochocientos setenta y uno. –Amadeo. –El presidente del Consejo de ministros, Práxedes Mateo Sagasta>>.